¿Cuándo se entienden las pretensiones del interesado estimadas?
En general se consideran todas las solicitudes estimadas. Excepto en los casos en que expresamente una norma con rango de ley o una norma de derecho comunitario establezca lo contrario.
En concreto, se entenderá estimado el recurso de alzada que se haya interpuesto contra la desestimación por silencio administrativo de una solicitud.