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Boletín Económico Financiero Ref.319918 (01/04/2005)

El protocolo familiar

1. Introducción

El protocolo familiar es un acuerdo entre socios familiares titulares de bienes y derechos que desean gestionar de manera unitaria y preservar a largo plazo la sociedad. Su objeto es regular la organización corporativa y las relaciones profesionales y económicas entre la Familia y la Empresa.

2. Forma

>No tiene forma específica, ni cuenta con regulación legal al efecto, así bien, viene comprendido como un documento abierto y flexible, de carácter privado, personal y atípico sin contenido predefinido por el que se puede contemplar y regular en él todo lo que, en relación con la sucesión y gobierno de la Empresa familiar, los propios miembros de la familia tengan por oportuno y estén dispuestos a asumir.

3. Contenido del protocolo

A modo orientativo, el contenido del Protocolo se pudiera resultar:

A) Gobierno y Dirección de la Empresa Familiar.
   
  Son unos órganos de carácter familiar, aparte de los estrictamente societarios. Estos órganos pueden ser:
   
  1. Junta de Parientes: es un foro familiar en el que todos los integrantes de la Familia, accionistas o no de la Empresa Familiar, puedan participar y manifestar sus inquietudes;
     
  2. Consejo de Familia: es un órgano integrado por miembros de la familia (normalmente el fundador y representantes de todas las ramas familiares) y que suele otorgársele, entre otras funciones, canalizar hacia la Empresa Familiar las inquietudes de la Familia, promover la aplicación del Protocolo familiar y su modificación, establecer criterios de resolución de conflictos, planificar programas educativos y de información respecto a la empresa familiar y promover el desarrollo de los jóvenes de la familia creando un fondo de becas, fijar normas de comportamiento de los miembros de la familia dentro de la Empresa Familiar; y mediar en posibles conflictos familiares.
     
B) Política de Transmisión de la Propiedad.
   
  Establecimiento de una política común de transmisión de las participaciones de la empresa de tal modo que todos los miembros de la Familia se comprometen a seguir una Política de Transmisión basada exclusivamente en la idea de consanguinidad con el fundador de la Empresa, admitiéndose en determinados casos las transmisiones a favor de cónyuges y afines.
   
C) Instrumentos jurídicos de desarrollo
   
  El protocolo puede ser desarrollado a través de otros instrumentos jurídicos como pueden ser:
   
  - Los Estatutos corporativos:
Por los cuales se sujete la transmisión de las participaciones a un derecho de adquisición preferente, solucionando la posible entrada, ante un supuesto de sucesión intestada o de sucesión testada, de extraños ajenos a la sociedad familiar.
     
  - Pactos extraestatutarios o parasociales:
En ocasiones, bien porque se trate de pactos personales (y por tanto no incluibles en los Estatutos), bien porque se quiera que solamente entren en juego dentro del ámbito familiar, regular ciertos aspectos mediante documento privado, como son la sindicación de voto con objeto de mantener el control de una sociedad.
     
  - Capitulaciones matrimoniales y pactos de convivencia: Por el Protocolo se pueden acordar:
     
    a) Pactos de contenido personal.
       
    b) Pactos de contenido económico vigente el matrimonio.
       
    c) Pactos en previsión de una crisis matrimonial.
       
    d) Heredamiento y testamento.

Es importante tener en cuenta la distinción y organización de los bienes clasificándolos entre patrimonio empresarial y patrimonio personal.

4. Conclusión

Así pues, si se cuenta con una sociedad familiar puede convenir suscribir entre todos los socios un protocolo familiar, de tal manera que se articule un adecuado funcionamiento de la empresa y se asegure la continuidad de la misma dentro de la familia.

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