¿Me cotizarán estando de baja por maternidad?¿Pueden sustituirme en este tiempo que este disfrutando de mi permiso por maternidad?
Durante la situación de maternidad de una trabajadora la cotización a la Seguridad social se realizará de la siguiente manera:
- La entidad gestora de la Seguridad Social paga al trabajador el subsidio por maternidad que consistirá en el 100% de la base reguladora, descontándose el importe de la aportación del trabajador a la cotización de la Seguridad Social, desempleo, y formación profesional.
- El empresario seguirá ingresando las aportaciones a su cargo. En el supuesto de que el empresario suscriba contrato de interinidad para sustituir a los trabajadores durante el periodo de descanso por maternidad, adopción o acogimiento, a la cotización de los trabajadores sustituidos se le aplica una bonificación del 100% en las cuotas empresariales de la Seguridad Social y en las aportaciones empresariales de las cuotas de recaudación conjunta.
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