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Consulta Ref.124230

¿Me cotizarán estando de baja por maternidad?¿Pueden sustituirme en este tiempo que este disfrutando de mi permiso por maternidad?

Durante la situación de maternidad de una trabajadora la cotización a la Seguridad social se realizará de la siguiente manera: - La entidad gestora de la Seguridad Social paga al trabajador el subsidio por maternidad que consistirá en el 100% de la base reguladora, descontándose el importe de la aportación del trabajador a la cotización de la Seguridad Social, desempleo, y formación profesional. - El empresario seguirá ingresando las aportaciones a su cargo. En el supuesto de que el empresario suscriba contrato de interinidad para sustituir a los trabajadores durante el periodo de descanso por maternidad, adopción o acogimiento, a la cotización de los trabajadores sustituidos se le aplica una bonificación del 100% en las cuotas empresariales de la Seguridad Social y en las aportaciones empresariales de las cuotas de recaudación conjunta.

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