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Bonificaciones Copa América 2010

1- Introducción

La Copa América de Vela es el trofeo deportivo más antiguo del mundo, datando de 1.851 y cuya celebración se lleva a cabo cada cuatro años. La 32ª Edición se celebró en la ciudad de Valencia en 2007, y fue elegida sede para celebrar la 33ª edición en 2.011 pero una batalla legal entre dos participantes (Alinghi y Oracle) desembocó en una Sentencia de la Corte Suprema de Nueva York (20/11/2009) que obligaba a celebrar la 33ª edición durante el año 2.010 y que finalmente se produjo los días 12 y 14 de febrero de 2.010 en Valencia.

La Ley 41/2007, de 7 de diciembre, contenía un conjunto de medidas destinadas a facilitar y atender los compromisos derivados de la celebración de la Copa América. En consecuencia una vez dirimidos los conflictos judiciales y celebrado el evento se ha dictado el Real Decreto 904/2010, de 9 de julio, con la finalidad de dar cumplimiento a la disposición adicional sexta de la citada ley.

2- Beneficiarios y ámbito de aplicación

Las bonificaciones de la cuota empresarial excepto AT/EP por contingencias comunes y conceptos de recaudación conjunta serán aplicables a las personas jurídicas que cuenten con un domicilio en España y hayan sido constituidas con motivo de la celebración de la 33ª Copa América, tanto por la propia entidad organizadora como por los equipos participantes. Las bonificaciones serán de aplicación en relación con los trabajadores por cuenta ajena que, en las mencionadas personas jurídicas presten servicios que den lugar a su inclusión en cualquiera de los regímenes del sistema de Seguridad Social.

Las bonificaciones de cuotas a que se refiere el párrafo anterior serán igualmente aplicables, en los mismos términos, a las personas jurídicas con domicilio en España constituidas por la entidad organizadora o los equipos participantes en la anterior edición de la Copa América, que tuvo lugar en 2.007 y que continúen su actividad en relación con la citada Copa.

El ámbito de aplicación se extenderá a labores directamente relacionadas con la participación en la Copa América y se acredite mediante certificación de la entidad organizadora o del Consorcio.

3- Porcentaje y duración

Las bonificaciones de las cuotas consistirán en el 100% de las aportaciones de los empresarios en sus cotizaciones a la Seguridad Social por contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal, así como por los conceptos de recaudación conjunta con las cuotas de Seguridad Social, tanto en contratos a tiempo completo como a tiempo parcial.

Las bonificaciones serán aplicables en las liquidaciones de las cuotas devengadas a partir del día 1 de enero de 2009 y, finalizarán a la terminación de la realización de las labores directamente relacionadas con la organización y participación en el acontecimiento, sin que en ningún caso puedan superar las liquidaciones de cuotas devengadas hasta el día 31 de agosto de 2010.

4- Requisitos y procedimiento

Con carácter previo al disfrute de las bonificaciones reguladas en este capítulo, los empresarios interesados deberán presentar una comunicación bien ante las direcciones provinciales y administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social o bien en el registro de la Oficina Estatal para el apoyo de la 33.ª Copa América o en cualquiera de los lugares a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para su remisión a dicha Tesorería General, en la que declaren su condición de beneficiarios de tales bonificaciones, comunicación que podrá efectuarse por medios electrónicos de conformidad con la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. También deberán encontrarse al corriente en el pago de las cuotas de Seguridad Social y por los conceptos de recaudación conjunta, en la fecha en que se efectúe la referida comunicación, conforme a lo previsto en el artículo 77.1 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

La comunicación de los empresarios interesados deberá ir acompañada de una certificación, expedida por el Consorcio, en la que deberá constar la acreditación por la entidad organizadora o por el propio Consorcio de su condición de personas jurídicas constituidas con motivo de la celebración de la Copa América y de su vinculación al acontecimiento. Asimismo, en el supuesto de las personas jurídicas constituidas al amparo de la 32ª edición de la Copa, la certificación hará constar también la acreditación de que se obtuvieron las correspondientes certificaciones expedidas por el Consorcio Valencia 2007 y que continúan su actividad en la 33ª Copa América. Esta certificación sólo deberá presentarse preceptivamente cuando se trate de la primera comunicación de bonificación del empresario.

Las bonificaciones en las aportaciones a las cuotas de la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta se aplicarán por los empresarios que sean personas jurídicas y beneficiarios de aquéllas, en los correspondientes documentos de cotización.

La Tesorería General de la Seguridad Social facilitará mensualmente al Servicio Público de Empleo Estatal el número de trabajadores que sean objeto de estas bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social, con sus respectivas bases de cotización y las deducciones aplicadas.

5-Concurrencia de bonificaciones

Las bonificaciones de las cuotas y conceptos de recaudación conjunta reguladas en este capítulo serán incompatibles con cualesquiera otras bonificaciones establecidas. El empresario que tuviera derecho a dos o más bonificaciones respecto de determinados trabajadores deberá optar por una de ellas. Si hubiera optado por la bonificación del 100% derivada de la aplicación de este programa, al finalizar ésta podrá optar de nuevo por aquella o aquellas a las que tuviera derecho.

Revista jurídica y financiera Ref.608493 (01/08/2010)   No se ha podido leer el archivo: "" No se ha podido leer el archivo: "" No se ha podido leer el archivo: "" No se ha podido leer el archivo: "" No se ha podido leer el archivo: ""