¿Cuál es el alcance de la acción protectora del Régimen Especial de los trabajadores Autónomos?
Las siguientes prestaciones se ofrecen de la misma manera que en el Régimen General:
· Prestaciones sanitarias
· Prestaciones por maternidad
· Prestaciones por jubilación
· Prestaciones por muerte y supervivencia
· Prestaciones de protección a la familia
Las prestaciones que a continuación se detallan tienen en el Régimen de Autónomos las peculiaridades que a continuación se detallan:
· Las prestaciones por Incapacidad Temporal tienen peculiaridades en lo que respecta al nacimiento del derecho, exigencias de cotización y pago de prestaciones. Es una prestación opcional.
· En lo que respecta a las prestaciones por Incapacidad Permanente:
- La incapacidad permanente parcial no está reconocida
- La incapacidad permanente total es semejante al Régimen General con alguna especialidad en lo que respecta a opción entre indemnización y pensión para los menores de 60 años.
- La incapacidad absoluta y la gran invalidez, se regulan como en el Régimen general.
La prestación por desempleo no está reconocida en este régimen.