Aplicacion del nuevo Reglamento General de Recaudacion
El Reglamento General de Recaudación va a regular la materia específica
del procedimiento de recaudación, sin perjuicio de la aplicación
directa a dicho procedimiento de los preceptos reglamentarios dictados en
desarrollo de las normas comunes sobre procedimientos tributarios contenidas
en el título III de la ley, por su carácter especial respecto
de las normas generales de derecho administrativo.
Por otro lado, el Reglamento General de Recaudación tiene, desde
el punto de vista material, un ámbito de aplicación más
amplio que el contenido en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria,
puesto que no se circunscribe al cobro de las deudas y sanciones tributarias,
sino también al de los demás recursos de naturaleza pública,
tal y como ocurría con el reglamento hasta ahora vigente.
Desde un punto de vista subjetivo, el Reglamento General de Recaudación
no afecta sólo al ámbito del Estado, sino que también
se aplicará por otras Administraciones tributarias en virtud de lo
establecido en el artículo 1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria.