Anteproyecto de la Ley de Prevención del fraude fiscal
El 30 de diciembre de 2005, Pedro Solbes presentó un informe
al Consejo de Ministros sobre el Anteproyecto de Ley de Prevención
del Fraude Fiscal, que incluye más de 30 medidas normativas con
rango de ley.
Objetivo de la Ley: incorporar
instrumentos para descubrir a los defraudadores que no declaran y a
los que ocultan rentas o ingresos.
Medidas más importantes
incluidas en el Anteproyecto:
Para evitar el pago con dinero
negro, las escrituras de compraventa de inmuebles deberán
incluir los medios de pago utilizados para poder ser inscritas en
el Registro de la Propiedad.
Obligación de incluir la
referencia catastralde la
vivienda en los contratos de arrendamiento y en los contratos
de suministro de energía eléctrica, para descubrir alquileres
no declarados.
Para evitar la emisión
de facturas falsas, se aplicará
retención del 3% en las facturas emitidas por determinados
empresarios en estimación objetiva por los bienes y servicios
prestados a otros empresarios o profesionales. La retención
será realizada por los pagadores (no por los empresarios en
módulos).
Para evitar que sociedades ficticias
actúen en tramas de fraude, se establece que la revocación
del NIF impedirá acceder a los registros públicos y
no se podrán hacer abonos o cargos en las cuentas.
Para evitar el fraude a través
de paraísos fiscales, se considerará residente
en España a las entidades radicadas en un paraíso fiscal
cuando su actividad o activos principales estén en España.
Con el fin de exigir el pago de
las deudas tributarias descubiertas a quién de verdad
tenga el control efectivo de las sociedades ficticias, la Administración
tributaria podrá actuar sin necesidad de recurrir a la vía
judicial.
Será responsable solidario
del pago de las sanciones (además del pago de la deuda),
quienes colaboren en la ocultación o transmisión de
bienes de un defraudador o incumplan las órdenes de embargo.
Febrero 2006