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Doc.489303Diccionario de definiciones Punto muerto o de equilibrio
Se llama punto muerto, o punto de equilibrio, a aquel volumen de actividad en que el beneficio es nulo, es decir, los ingresos igualan a los gastos, esto es:
BENEFICIO = INGRESOS - GASTOS = 0
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Doc.171272Diccionario de definiciones Retroaccion
Acción hacia atrás.
En el auto declaratorio de la quiebra el Juez puede dar efectos retroactivos a ésta, de forma que los actos de dominio y administración realizados con posterioridad a la fecha establecida en el acto son nulos.
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Doc.171088Diccionario de definiciones Vicio en consentimiento
Defecto de libertad o conocimiento en su emisión, y que lo hace nulo.
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Doc.169500Diccionario de definiciones Salarios de tramitacion
Son los salarios dejados de percibir desde que el trabajador es despedido hasta que se notifica la sentencia declarando el despido improcedente o nulo.
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Doc.170969Diccionario de definiciones Nulidad
Calidad de nulo.
En Derecho Civil la nulidad de pleno derecho o nulidad propiamente dicha se produce cuando el acto se ha realizado contra lo dispuesto en la Ley. El art. 6.3 C.c., dispone que: "Los actos contrarios a las normas imperativas y prohibitivas son nulos de pleno derecho, salvo que en ellos se establezca un efecto distinto para el caso de contravención".
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Doc.170713Diccionario de definiciones Actos nulos
Son aquellos actos contrarios a las normas imperativas y prohibitivas, según establece el art. 6.3 C.c.
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Doc.170902Diccionario de definiciones Impedimento
Obstáculo que impide o retrasa la celebración de un matrimonio. Es dirimente el que origina la anulación del matrimonio, si llega a celebrarse. Es impediente, el que lo hace ilícito, pero no nulo, si se contrae. Ejemplo del primero es la violencia o vínculo anterior. Del segundo, los votos simples
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Doc.171015Diccionario de definiciones Ratificacion
Acción y efecto de ratificar.
Acto jurídico que convalida un acto nulo, cuando la causa de la nulidad consiste en la falta de legitimación o de capacidad de la persona que lo ejecutó.
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Doc.170114Diccionario de definiciones Competencia
Incumbencia. Aptitud, idoneidad, conjunto de funciones atribuidas por el ordenamiento a un órgano de la administración del estado. Es la fracción de poder ejercido por funcionario titular de un tribunal, órgano, etc.
Atribución, potestad, actitud para conocer una autoridad de un determinado asunto. Si carece de ella, el acto emanado por este órgano puede ser nulo (incompetencia funcional o territorial) o anulable (incompetencia es jerárquica).
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Doc.170144Diccionario de definiciones Desviacion de poder
Tiene lugar cuando la administración, al producir un acto administrativo no persigue el interés público o persigue un fin distinto al previsto en la norma. Es un acto nulo de pleno derecho.
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