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Aula de estudio: Normas Internacionales de Contabilidad (NIC´s)

Módulo 1: Normas Internacionales de Contabilidad
U.D. 2: Los estados financieros.
Sección: 2

2.02 INTRODUCCIÓN A LOS ESTADOS FINANCIEROS (2)

2.02.01. Desgloses requeridos

Identificación

Los estados financieros deben estar claramente identificados y diferenciados del resto del documento (NIC 1.44). Cada componente de los estados financieros debe de identificarse y contener lo siguiente (NIC 1.46):

    - El nombre de la entidad que presenta los estados financieros y cualquier cambio respecto al ejercicio anterior

    - Si los estados financieros son de la entidad individual o del grupo

    - La fecha de cierre de los estados financieros

    - La moneda en la que se presentan

    - El nivel de precisión que se usa en la presentación de los números (euros, miles de euros, millones de euros)

Período de presentación

Los estados financieros deben presentarse al menos una vez al año (NIC 1.49). Cuando la fecha de cierre del balance cambie y los estados financieros se presenten para un período más corto que un año, la entidad deberá mostrar:

    - El período cubierto por los estados financieros

    - La razón por la que el período no coincide con un año

    - El hecho de que las cifras comparativas de la cuenta de resultados, del estado de cambios en el patrimonio, del estado de flujos de efectivo y de las notas correspondientes no son totalmente comparables

Clasificación del balance

En la normativa contable internacional el formato del balance debe distinguir entre activos corrientes y no corrientes, así como pasivos corrientes y no corrientes, a no ser que la presentación en función de su liquidez permita una información más relevante y fiable (NIC 1.51).

En cualquiera de los casos, se debe mostrar para cada elemento incluido en el activo o en el pasivo, que incluya cantidades cuya liquidación o cobro se espere realizar antes y después de doce meses respecto a la fecha de cierre del balance, cualquier cantidad que se espere recuperar o pagar en más de doce meses (NIC 1.52).

Activos corrientes

Un activo se debe clasificar como corriente cuando (NIC 1.57):

  • Se espera que se realice, se ponga a la venta o se consuma en el ciclo normal de explotación de la entidad.
  • Se mantenga principalmente por motivos de negociación.
  • Se espera que se realice en los doce meses siguientes a la fecha del balance.
  • Se trate de efectivo o activos equivalentes al efectivo que no estén restringidos en su uso durante los doce próximos meses como mínimo.

Todos los demás activos se clasifican como activos no corrientes.

Pasivos corrientes

Un pasivo se debe clasificar como corriente cuando (NIC 1.60):

  • Se espera que se liquide en el ciclo normal de explotación de la entidad.
  • Se mantenga principalmente por motivos de negociación.
  • Se espera que se liquide dentro de los doce meses siguientes a la fecha del balance.
  • La entidad no tenga el derecho incondicional de diferir el pago de este pasivo durante los doce próximos meses como mínimo.

Todos los demás pasivos se clasifican como pasivos no corrientes.

Los impuestos anticipados y los impuestos diferidos no se pueden clasificar como activos y pasivos corrientes, respectivamente (NIC 1.70). Es decir, siempre son no corrientes.

Deuda a largo plazo renegociada

Una entidad clasificará una deuda financiera como pasivo corriente, cuando venza en el período de un año desde la fecha del balance, aunque (NIC 1.63) el plazo original fuera superior a un año y se haya firmado entre la fecha del balance y la fecha de formulación de los estados financieros un acuerdo para la refinanciación a largo plazo o para el aplazamiento de los pagos.

Sin embargo, un pasivo corriente puede ser clasificado como no corriente si la entidad espera y tiene la intención de refinanciarlo y liquidarlo a largo plazo mediante cualquier tipo de línea crediticia disponible y existente (NIC 1.64).

En el activo diferenciamos entre el fijo (no corriente) y el circulante (corriente), mientras que en el pasivo diferenciamos los fondos propios (patrimonio neto), deudas a largo plazo (pasivo no corriente) y deudas a corto plazo (pasivo corriente).

Información a incluir en el balance

Como mínimo, en el balance se deben detallar los siguientes epígrafes, cuando sean significativos (NIC 1.68; NIIF5):

Inmovilizado material.

Proveedores y otras cuentas a pagar.

Inversiones inmobiliarias.

Efectivo y equivalentes al efectivo.

Activos intangibles.

Provisiones.

Activos financieros.

Pasivos financieros.

Inversiones puestas en equivalencia.

Pasivos y activos por impuestos corrientes.

Activos clasificados de acuerdo con la NIIF 5.

Pasivos clasificados de acuerdo con la NIIF 5.

Activos biológicos.

Impuestos anticipados y diferidos.

Existencias.

Intereses minoritarios (presentados en patrimonio)

Clientes y otras cuentas a cobrar.

Capital social y reservas atribuibles a los propietarios de la matriz.

Partidas de la cuenta de resultados

En la normativa internacional el formato es vertical y considerablemente libre, donde hay una serie de categorías que se tienen que desglosar como mínimo. La clasificación se realiza por naturaleza o por actividad funcional.

Como mínimo, en la cuenta de resultados se deben incluir los siguientes epígrafes, cuando sean significativos (NIC 1.81):

  • Ingresos ordinarios. Gastos financieros.
  • Parte del beneficio o pérdida de las entidades asociadas contabilizados por el método de puesta en equivalencia.
  • Gasto por impuestos.
  • Beneficio o pérdida después de impuestos consecuencia de actividades interrumpidas y ganancia o pérdida después de impuestos consecuencia de la valoración al valor razonable menos los costes de venta de activos de actividades interrumpidas.
  • Resultado del ejercicio.

Se debe desglosar también la parte del beneficio o pérdida atribuible a (NIC 1.82):

  • Los intereses minoritarios.
  • Los propietarios de la matriz.

No se puede clasificar ninguna partida como extraordinaria ni en la cuenta de resultados ni en las notas (NIC 1.85).

Clasificación de los gastos

Los gastos deben ser presentados de acuerdo con una de las siguientes clasificaciones (la que sea más relevante) (NIC 1.88;1.91;1.92):

  • Por su naturaleza, como: amortización, compra de materiales, transporte, publicidad y sueldos y salarios.
  • Por su función, como: costes de ventas, costes de distribución y costes de administración.

Si se utiliza la clasificación de los gastos por su función, se desglosarán como mínimo las amortizaciones y los gastos de personal en base a su naturaleza (NIC 1.93).

Estado de cambios en el patrimonio

Es un documento en el que se concilian los saldos de las partidas que constituyen el patrimonio neto y que permite visualizar el conjunto de las variaciones patrimoniales originadas durante el ejercicio. Debe incluir (NIC 1.96):

  • El resultado del ejercicio.
  • Cada una de las partidas de ingresos y gastos reconocidas directamente en el patrimonio, y su total.
  • El total de los ingresos y gastos (suma de los dos puntos anteriores) del ejercicio atribuible a los propietarios de la matriz y a los intereses minoritarios.
  • Para cada componente del patrimonio, los efectos de los cambios en las políticas contables y en la corrección de errores contabilizados de acuerdo con la NIC 8.

También se deben desglosar, bien en el estado de cambios en el patrimonio o bien en las notas (NIC 1.97):

  • Los importes de las transacciones de capital con los propietarios y las distribuciones de beneficios.
  • El saldo de resultados acumulados al inicio del ejercicio y a la fecha de cierre, y los movimientos del ejercicio.
  • Una conciliación entre el importe al inicio y al cierre del ejercicio de cada clase de acciones y cada una de las reservas, mostrando separadamente cada movimiento.

En consecuencia, se diferencia el resultado procedente de la cuenta de resultados del resultado derivado de los incrementos y decrementos del patrimonio neto. También con este documento se presenta la riqueza de la empresa, con la mayor intención de ofrecer la máxima transparencia informativa y que además muestra cómo cambia la riqueza de los accionistas.

Notas de los estados financieros

Las notas deben (NIC 1.103):

  • Presentar información acerca de las bases de preparación de los estados financieros y de las políticas contables aplicadas.
  • Desglosar la información requerida por las NIIF que no se presente en el balance, la cuenta de resultados, el estado de cambios en el patrimonio o el estado de flujos de efectivo.
  • Dar información adicional que sea relevante para su comprensión y que no se presente en el balance, la cuenta de resultados, el estado de cambios en el patrimonio o el estado de flujos de efectivo.

Las notas deben presentarse de forma sistemática. Cada partida del balance, de la cuenta de resultados, del estado de cambios en el patrimonio y del estado de flujos de efectivo, que esté relacionada con una nota, debe contener una referencia cruzada para permitir su identificación (NIC 1.104).

Desgloses requeridos sobre políticas contables

Se debe desglosar un resumen de las políticas contables significativas (NIC 1.108):

  • La base de los principios usados para la preparación de los estados financieros, y
  • Otras políticas contables que sean necesarias para un correcto entendimiento de los estados financieros.

El resumen de las políticas contables u otras notas deben incluir los juicios (aparte de las estimaciones) que ha realizado la dirección de la entidad en la aplicación de las políticas contables y que tienen un impacto significativo en los estados financieros.

Desgloses requeridos sobre estimaciones

Se deben desglosar las principales hipótesis y estimaciones futuras, hechas a la fecha de balance, que podrían tener un impacto significativo en el ejercicio siguiente sobre los importes de los activos y pasivos en los estados financieros (NIC 1.116). Se debe desglosar para dichos activos y pasivos:

  • Su naturaleza, y
  • Su importe a la fecha de balance. (NIC 1.113).

Información sobre el capital social

Para cada clase de acciones se debe desglosar (NIC 1.76):

  • El número de acciones autorizadas para su emisión.
  • El número de acciones emitidas y desembolsadas, y emitidas pendientes de desembolsar.
  • El valor nominal de las acciones o indicación de que no tienen valor nominal.
  • Una conciliación entre el número de acciones pendientes al principio y al final del ejercicio.
  • Los derechos, privilegios y restricciones de cada clase de acciones, incluidas las restricciones a la distribución de dividendos y al reembolso del capital.
  • Acciones propias mantenidas por la propia entidad o por sus subsidiarias o asociadas y
  • Acciones reservadas para ser emitidas de acuerdo con opciones o contratos de venta, incluyendo sus términos y cantidades.

Otra información acerca del patrimonio

  • Una descripción de la naturaleza y propósito de cada tipo de reserva (NIC 1.76).
  • El dividendo distribuido durante el período y el importe correspondiente por acción (NIC 1.95).
  • El dividendo propuesto o declarado después de la fecha del balance pero antes de que los estados financieros sean formulados y el importe correspondiente por acción (NIC 1.125), y
  • El importe de cualquier dividendo preferente acumulativo no reconocido (NIC 1.125).

Información adicional

  • El domicilio y forma legal de la entidad, el país donde se constituyó y la dirección de su sede social (o el lugar principal de actividad, si fuese diferente)( NIC 1.126)
  • Una descripción de la naturaleza de las operaciones de la entidad y sus principales actividades.
  • El nombre de la matriz directa y de la empresa matriz final del grupo al que pertenezca.

2.02.02 Primera aplicación

Se deben aplicar todas las NIC / NIIF e interpretaciones del SIC / IFRIC que estén en vigor en la fecha de cierre de los primeros estados financieros que se preparen de acuerdo con las NIIF, incluyendo todos los requisitos de desgloses (NIIF 1.7).

Se debe aplicar la NIIF 1, Adopción por primera vez de las NIIF, incluyendo toda la información a desglosar sobre la transición y, particularmente, las conciliaciones requeridas, en los primeros estados financieros preparados bajo NIIF (NIIF 1.2).

Los ajustes que surjan en la fecha de transición por la conversión de las políticas contables anteriores a las NIIF se registrarán contra reservas, salvo por el reconocimiento y cancelación de activos intangibles procedentes de combinaciones de negocios (NIIF 1.11;Apéndice; B2.c,;B2.g).

Las entidades deben utilizar las mismas políticas contables en su balance de apertura y en las cifras de todos los ejercicios que se presenten en los primeros estados financieros preparados bajo NIIF, salvo por las excepciones incluidas en la NIIF 1 (NIIF 1.7).

La entidad no utilizará versiones diferentes de las NIIF que estuvieran vigentes en fechas anteriores (NIIF 1.8).

Las disposiciones transitorias incluidas en otras normas no serán de aplicación a las entidades que adopten las NIIF por primera vez, salvo que se incluyan en la NIIF 1 (NIIF 1.9).

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