Módulo 3: Administración Pública
U.D. 37: Trabajo de extranjeros en España
Sección:
RESUMEN
Se considera extranjero a aquél que carezca de nacionalidad española, debiendo para poder trabajar en España obtener un permiso de trabajo.
Determinadas personas quedan excluidas legalmente de proveerse del permiso de trabajo para el ejercicio de las actividades.
Los tipos de autorizaciones de trabajo que podrán concederse a los extranjeros para trabajar en España son los siguientes:
A) Por cuenta ajena:
- Autorización residencia temporal y trabajo (Inicial).
- Autorización residencia temporal y trabajo (1ª renovación).
- Autorización residencia temporal y trabajo (2ª renovación).
B) Por cuenta propia:
- Autorización residencia temporal y trabajo (Inicial).
- Autorización residencia temporal y trabajo (1ª renovación).
- Autorización residencia temporal y trabajo (2ª renovación).
Otras autorizaciones:
Otros títulos habilitantes para trabajar.
- Autorización de residencia permanente
- Documento Identidad de Asilado
- Documento Identidad de Apartida
- Autorización de estancia a desplazados
- Tarjeta familiar de residente comunitario
Las normas sobre solicitud de concesión o de reanudación de los permisos de trabajo y residencia establecen quiénes son los sujetos legitimados para llevarlos a cabo, el lugar de presentación de los mismos y la documentación necesaria a aportar.
Los ciudadanos de países miembros de la Unión Europea tienen derecho a la libre circulación en territorio español, poseyendo una serie de derechos; para el ejercicio de los mismos, los trabajadores extranjeros y sus familiares deberán, en determinados casos, obtener una tarjeta de residencia, así como aportar una mínima documentación necesaria que varía según se trate de trabajadores por cuenta propia o ajena.
Los derechos laborales y de Seguridad Social de los trabajadores extranjeros residentes son los mismos que los establecidos para los trabajadores nacionales.