Módulo 1: Parte General
U.D. 14: Relaciones de trabajo de naturaleza contractual y carácter especial
Sección: 1
INTRODUCCIÓN
Veíamos
en la Unidad Didáctica nº. 2 que el artículo 2 del
Estatuto de los Trabajadores establece cuáles son las relaciones
laborales de carácter especial. No se trata de un número
cerrado, si bien su ampliación específica solamente puede
hacerse por ley.
Lo primero que cabe señalar de estas relaciones es que
son, en base al vínculo y a las notas definidoras del mismo, relaciones
laborales. Es decir, en todas nos encontramos ante una prestación
libre, personal, por cuenta ajena, a cambio de una remuneración,
con mayor o menor dependencia y, por tanto, con mayor o menor autonomía.
La regulación de estas relaciones, cuyo régimen jurídico
se halla fuera del ordenamiento laboral en sendos Reales Decretos (todos
del año 1985) ha de respetar los derechos básicos reconocidos
por la Constitución.
En esta Unidad Didáctica vamos a estudiar las características,
requisitos, contenido y especialidades de cada una de las relaciones de
trabajo de naturaleza contractual y carácter especial.