Ventajas fiscales del Renting
El renting es una modalidad de arrendamiento que no para de sumar adeptos. Las causas de este éxito podemos hallarlas no sólo en las ventajas económicas de este sistema, sino también en los beneficios fiscales de los que goza como los enumerados a continuación:
Las cuotas son deducibles del Impuesto de Sociedades.
El importe es deducible en su totalidad, por contabilizarse como gasto. Por el contrario en la compra, el bien se amortiza por el plazo mínimo, según tablas anuales, deduciéndose únicamente por la parte amortizada cuando se ha desembolsado el 100% del precio del bien.
Importe no inmovilizado en el balance de la empresa.
La deuda no se recoge con la entidad financiera de crédito en pasivo. De este modo se reduce el endeudamiento y se mejora la liquidez y la rentabilidad, destinándose los recursos de caja y líneas de crédito de la empresa en la actividad de negocio.
El IVA se devenga en su totalidad. El cliente lo soporta repartiendo los pagos en concepto de arrendamiento durante el periodo contractual.
Coste fijo mensual.
Alineación de los pagos con los ingresos. Permite equiparar los pagos mensuales por el uso de un activo con los beneficios económicos de la tecnología empleada.
Los pagos se pueden distribuir a lo largo de la vida económica del activo.
Abril 2006

Revista jurídica y financiera Ref.369026 (01/04/2006)
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