Tratamiento contable de las transacciones en moneda extranjera
1- Nociones básicas
Antes de empezar a analizar el tratamiento contable que reciben las transacciones efectuadas en moneda extranjera, es preciso diferenciar los siguientes términos:
- Moneda extranjera: Aquella que debe ser objeto de conversión.
- Moneda funcional: Es el moneda del entorno económico en el que la empresa opera; no tiene porque coincidir con el euro.
- Moneda de presentación: Es la moneda en que se presentan los estados contables. En el caso de empresas con domicilio social en España, las cuentas anuales siempre deben presentarse en euros.
- Partidas monetarias: hacen referencia al dinero en efectivo, así como activos y pasivos que se vayan a recibir o pagar mediante importe fijo o determinable en unidades monetarias.
- Partidas no monetarias: pueden valorarse en base al coste histórico o bien en términos de valor razonable.
Por último, es importante distinguir dentro del Nuevo Plan General Contable (NPGC) dos tipos de operaciones en moneda extranjera:
- Las transacciones en moneda extranjera
- La conversión de las cuentas anuales en moneda de presentación.
En el presente escrito, tan solo haremos referencia al primer tipo de operaciones.
2- Valoración inicial
Las partidas tanto monetarias como no monetarias deben convertirse a moneda funcional en el momento de incorporación al patrimonio de la empresa. Para ello, es necesario aplicar sobre el importe en moneda extranjera el tipo de cambio entre ambas monedas, pudiendo tomar el tipo de cambio medio mensual o bien el del momento en que se formaliza la operación . Ejemplo:
Venta de mercaderías de 500.000 dólares, siendo el tipo de cambio de 1$ = 1€ .
Número |
Cuenta |
Debe |
Haber |
4304 |
Clientes ( moneda extranjera)500.000 x 1$ /1 € |
500.000 |
|
700 |
Venta de mercaderías |
|
500.000 |
3- Valoración posterior
A efectos de posterior valoración, debemos distinguir entre las partidas monetarias y las no monetarias. Por lo que refiere a las partidas monetarias deben realizarse, en su caso, dos regularizaciones:
- A fecha de cierre del ejercicio, deben valorarse las partidas al tipo de cambio vigente al cierre, reflejando tanto las diferencias positivas como negativas en concepto de ingreso o gasto computable en la cuenta de pérdidas y ganancias.
- Asimismo, deberá procederse igual a fecha de vencimiento en aquellas transacciones donde el cobro es exigible en un momento temporal posterior (precio aplazado), a pesar de que no llegue a producirse el mismo.
Siguiendo con el ejemplo anterior, supongamos que la operación realizada entra ambas sociedades (A y B) queda sujeta a un vencimiento de 3 meses; es decir, pasados tres meses desde el perfeccionamiento del acuerdo las obligaciones incluidas en el mismo pasarán a ser exigibles y, por tanto, líquidas.
Asimismo, al producirse la transacción en fecha 01-11-2008 y, consiguientemente, el vencimiento en fecha 01-02-2009, la sociedad A deberá realizar el siguiente ajuste a fecha de cierre (coincidente con el año natural), teniendo en cuenta el tipo de cambio en ese momento (1$ =0,85€):
Actualizar el saldo de “clientes”al tipo de cambio vigente al momento del cierre (31-12-2008)
Número |
Cuenta |
Debe |
Haber |
668 |
Dif. negativas de cambio(1$ -0,85€) x 500.000$ |
75.000 |
|
4304 |
Clientes (moneda extranjera) |
|
75.000 |
Una vez llegado el momento del vencimiento (01-02-2009), debemos realizar el ajuste de la operación con el tipo de cambio de divisa que se esté cotizando(1$ =0.90€).
Número |
Cuenta |
Debe |
Haber |
57 |
Tesorería (0.90€/$ x 500.000$) |
450.000 |
|
768 |
Diferencias positivas de cambio (0.90€/$-0.85€/$) x 500.000$ |
|
25.000 |
4304 |
Clientes (moneda extranjera) |
|
425.000 |
Así pues, nos encontramos al finalizar la operación con una cuenta de clientes a saldo cero (al suponer que se ha materializado el cobro de la venta), una cuenta de ventas con saldo acreedor de 500.000 euros divergente a la realidad fáctica de tesorería (450.000) a causa de las diferencias negativas totales de cambio de moneda (50.000).
4- Conclusiones
Una vez analizado el tratamiento contable que reciben las transacciones efectuadas en moneda extranjera, podemos concluir que tan sólo debemos tener en cuenta la dinámica de la operación y, a su vez, realizar la conversión de saldos a tenor de las diferencias temporales mediante la aplicación del tipo de cambio de divisa del momento.