¿Cómo tributan el arrendador y el arrendatario en el supuesto de traspaso por parte del arrendatario de un local?
Hay que tener en cuenta que nos encontramos ante dos tipos de participaciones distintas: por una parte, la participación del arrendador, que por el traspaso y frente a un nuevo arrendatario tributará los ingresos como Rendimientos del Capital Mobiliario. Por otra parte, el arrendatario, lo que está haciendo es transmitir un derecho, el derecho de traspaso del local, y por este derecho tributará como Ganancia Patrimonial.