Características generales mercantiles y fiscales de la sociedad limitada laboral
Las sociedades laborales se caracterizan porque más del 50% de su capital está suscrito por trabajadores que prestan servicio en la sociedad de manera directa y personal, según una relación laboral de carácter indefinido.
Ningún socio puede tener más de 1/3 del capital y se establecen restricciones a la libre transmisibilidad de las acciones y participaciones y se establece un régimen preferente de adquisición a los trabajadores de las participaciones que se transmitan o en el caso de creación de nuevas acciones o participaciones mediante aumento de capital.
Es necesario que estas sociedades estén inscritas en el registro oficial del ministerio de Trabajo. Y deben destinar al fondo de reserva especial el 25% de los beneficios líquidos obtenidos durante los ejercicios que mantenga esta especial situación de sociedad mercantil laboral.
Por lo que concierne al ámbito fiscal, al adquirir personalidad jurídica desde el momento de la inscripción de la sociedad en el registro mercantil, es sujeto pasivo del impuesto sobre sociedades, afectándole el régimen tributario general de este impuesto, con la especialidad de que se puede aplicar durante 5 años desde la constitución de la empresa libertad de amortización de su inmovilizado material e inmaterial, tanto nuevo como usado.
Respecto al impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, en la modalidad de operación societaria, en el momento de liquidar la constitución o ampliación del capital de la sociedad se hallan exentas de tributar por este impuesto.