SMI: retos del gobierno
1.
Introducción
El mes pasado informábamos de las cuantías del Salario Mínimo
Interprofesional para el año 2005, y del incremento del 4.5% que éstas
suponían respecto de las establecidas para el año 2004.
El objetivo del presente artículo es, no ya informar de las nuevas cuantías,
sino analizar las principales novedades contenidas en la regulación del
Salario Mínimo Interprofesional para el año 2005.
2. Desarrollo: Novedades
La principal novedad, es que por primera vez, en más de 20
años, el Salario Mínimo Interprofesional ha subido por encima
de la inflación prevista. Este incremento superior a la inflación,
es el resultado de haber tenido en cuenta el factor del incremento de la participación
del trabajo en la renta nacional contemplado en el artículo 27.1 c) del
Estatuto de los Trabajadores.
La segunda novedad no es de una trascendencia inmediata. Se trata de la voluntad
de establecer una cláusula de revisión semejante a la existente
para las pensiones.
Ésta consistiría en que si el incremento del SMI acordado para
un año concreto resulta inferior a la subida del IPC real, existiría
el derecho a percibir las diferencias que pudieran darse.
Por último, el Gobierno prevé compensar a las empresas por la
subida del Salario Mínimo, aplicando una bonificación en las cotizaciones
que éstas pagan a la Seguridad Social consistente en 10 euros mensuales
por trabajador.