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Reforma del artículo 135 de la Constitución Española

El pasado 27 de Septiembre se aprobó la segunda reforma de la Constitución Española (en adelante C.E.) de 1978, quedando modificado el artículo 135.

La crisis financiera y económica en la que se encuentra inmerso el país y la necesidad de garantizar una estabilidad presupuestaria, tanto a medio como a largo plazo, son los motivos que han llevado al Estado Español a adoptar esta medida.

Los objetivos que persigue la reforma son:

  • Garantizar el principio de estabilidad presupuestaria, vinculando a todas las Administraciones Públicas.
  • Reforzar el compromiso de España con la Unión Europea
  • Garantizar la sostenibilidad económica y social de España.

Contenido del nuevo artículo 135 C.E:

  • Todas las Administraciones Públicas (central, autonómica y local) deberán adecuar sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.
  • A partir de 2.020, todas las Administraciones tendrán prohibido por la C.E. gastar más de lo que ingresan, lo que supone un límite estricto y sin precedentes al gasto público en España.
  • Se prevé que una Ley Orgánica fije el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación a su producto interior bruto. Esta Ley deberá aprobarse antes del 30 de Junio de 2.012.
  • Se establece que los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria.

Entrada en vigor

La reforma del artículo 135 de la C.E. entró en vigor el mismo día de la publicación de su texto oficial en el BOE, publicándose también, en esa misma fecha, en las demás lenguas de España.

Revista jurídica y financiera Ref.678680 (27/12/2011)   No se ha podido leer el archivo: "" No se ha podido leer el archivo: "" No se ha podido leer el archivo: "" No se ha podido leer el archivo: "" No se ha podido leer el archivo: ""