Proyecto de ley de familias numerosas
1. Concepto de familia numerosa
El proyecto de ley considera como familia
numerosa a la compuesta por uno o dos ascendientes con tres o más
hijos, sean o no comunes.
El proyecto de ley incluye, además, nuevos supuestos
de unidades familiares:
- El padre o la madre separados o divorciados, con tres o más hijos,
sean o no comunes, aunque alguno
de los hijos estén en distintas unidades familiares.
- Dos o más huérfanos de padre y madre sometidos a tutela,
acogimiento o guarda, que convivan con el tutor, acogedor, o guardador,
pero no dependan económicamente de éste.
- Tres o más hermanos de padre y madre, mayores de 18 años,
o dos, si uno de ellos es discapacitado, que convivan y tengan dependencia
económica entre ellos.
Asimismo, el proyecto establece que tendrán la
misma consideración que los hijos, las personas sometidas a tutela
o acogimiento familiar permanente o preadoptivo legalmente constituido.
La nueva ley concederá a los extranjeros que residan
legalmente en España el derecho al reconocimiento de la condición
de familia numerosa, en igualdad de
condiciones que los españoles, cuando residan en territorio
nacional el número de miembros que da derecho al reconocimiento de
familia numerosa.
2. Nuevas categorías
Se reducen de tres a dos las categorías en las
que se dividen las familias numerosas: general y especial.
- Familias numerosas de categoría
general
- Familias numerosas de categoría
especial
Además el proyecto prevé qua cada hijo
afectado por un grado de discapacidad igual o superior al 33%, computará
como dos para determinar la categoría en que se clasifica la unidad
familiar de la que forman parte.
3. Acreditación
La condición de familia numerosa se acreditará
mediante un título único
que será válido en todo el territorio nacional y permitirá
identificar fácilmente a sus titulares para acceder a los beneficios
que les corresponda en cualquier parte del Estado.
El anterior documento contemplaba inicialmente como requisito
para la conservación del carnet que el hijo mayor no sobrepasase los
21 años o los 25 si estaba estudiando.
El proyecto establece que la simple solicitud del título
permita a los solicitantes obtener los beneficios previstos y no pierdan sus
derechos durante el tiempo de tramitación.
4. Ayudas para trabajar
El proyecto prevé ayudas específicas para
las familias numerosas en las que ambos
cónyuges trabajen fuera del hogar, ya sea por cuenta propia
o ajena, o estén incapacitados para el trabajo.
Además prevé una ampliación del
periodo considerado como efectivamente
cotizado y de reserva del mismo puesto de trabajo de los actuales 12
meses a 15 o 18 en los casos en los que el padre o la madre estuvieran en
situación de excedencia por el cuidado de hijos.
5. Otros beneficios
En el proyecto normativo se igualan los umbrales de renta
para acceder a las prestaciones por hijo a cargo con los mínimos exentos
del IRPF:
Limites actuales:
- Tres hijos a cargo: de 11.616 euros a 14.200 euros
- Cuatro hijos a cargo: de 13.147 euros a 16.500 euros
- Cinco hijos a cargo: de 14.677 euros a 18.800 euros
- Seis hijos a cargo: de 16.208 euros a 21.100 euros
- Siete y más hijos: de 17.739 euros a 23.400 euros
6. Preferencia en viviendas protegidas
Las familias numerosas tendrán derechos preferenciales
a la hora de acceder a viviendas protegidas. Además podrán acceder
a otras viviendas protegidas de mayor superficie cuando la unidad familiar
se amplíe y recibirán ayudas económicas directas para
su adquisición.
7. Exención y reducción de matrículas
El proyecto prevé el establecimiento de un régimen
de exenciones y bonificaciones para los miembros de las familias numerosas
en relación con las tasas o precios por la prestación de servicios
o la realización de actividades de su competencia, especialmente en
los ámbitos de los transportes públicos, el acceso a los bienes
y servicios culturales y el acceso a las pruebas de selección para
el ingreso en la función pública. Como ejemplo dará derechos
de preferencia para la obtención de becas, libros y material didáctico.
Asimismo, la ley establece directamente beneficios en
el ámbito de la educación impartida en centros públicos
al fijarse una exención del 100% de los gastos de matrícula
para los miembros de familias numerosas de categoría especial y una
bonificación del 50% para las de categoría general.
8. Servicios de interés general
El proyecto prevé que la Administración
General del Estado adopte medidas, en el ámbito de sus competencias,
para que las entidades, empresas y establecimientos que presten servicios
públicos o realicen actividades de interés general, concedan
un trato más favorable a las familias numerosas.
Asimismo, se fomentará la responsabilidad social
de las empresas y de los agentes económicos y sociales para establecer
un trato especial a las familias numerosas en el acceso al mercado laboral,
la vivienda, el crédito y los bienes y servicios culturales, deportivos
y de ocio.
El Poder ejecutivo ha comenzado ya a poner en marcha
esta previsión con la creación del Certificado de Empresa Familiarmente
Responsable con el que se distinguirá a aquellas empresas que destaquen
en sus acciones de apoyo a la familia y por las medidas adoptadas para promover
la conciliación de la vida familiar y laboral.