Propuestas en materia de jubilación
Según información publicada por el Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales, los mayores de 65 años, ya jubilados, podrán
volver a trabajar a tiempo parcial sin perder la pensión.
Esta propuesta se acordó, el 10 de octubre de 2002, en la reunión
de la Comisión de seguimiento del Acuerdo de Pensiones, la cual podría
introducirse en el Reglamento que desarrollará la jubilación
flexible.
Con ello se va a permitir que las personas jubiladas que voluntariamente
lo decidan, puedan reincorporarse al mercado laboral, sin pérdida alguna
de rentas porque mantienen la parte de pensión que no es cubierta por
el salario que cobren.
Además de este acuerdo, se acordó el nuevo texto que va a regular
los convenios especiales en materia de Seguridad Social, reordenando una legislación
dispersa.
A partir de la entrada en vigor de esta norma, las empresas tendrán
la obligación de suscribir convenios especiales con la Seguridad Social
por los trabajadores afectados por un expediente de regulación de empleo
, mayores de 55 años.
A partir de los 61 años los trabajadores podrán decidir libremente
si se jubilan anticipadamente o si continúan ese convenio especial
hasta los 65 años.
Respecto a la jubilación anticipada ha disminuido un 4,5% en tan sólo
ocho meses, desde la entrada en vigor de las medidas de exoneración
y bonificación de cuotas
para quienes permanezcan en el mercado laboral, para los trabajadores que
cumplan los siguientes requisitos: