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Boletín Económico Financiero Ref.78370 (01/11/2002)

Propuestas en materia de jubilación

Según información publicada por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, los mayores de 65 años, ya jubilados, podrán volver a trabajar a tiempo parcial sin perder la pensión.

Esta propuesta se acordó, el 10 de octubre de 2002, en la reunión de la Comisión de seguimiento del Acuerdo de Pensiones, la cual podría introducirse en el Reglamento que desarrollará la jubilación flexible.

Con ello se va a permitir que las personas jubiladas que voluntariamente lo decidan, puedan reincorporarse al mercado laboral, sin pérdida alguna de rentas porque mantienen la parte de pensión que no es cubierta por el salario que cobren.

Además de este acuerdo, se acordó el nuevo texto que va a regular los convenios especiales en materia de Seguridad Social, reordenando una legislación dispersa.

A partir de la entrada en vigor de esta norma, las empresas tendrán la obligación de suscribir convenios especiales con la Seguridad Social por los trabajadores afectados por un expediente de regulación de empleo , mayores de 55 años.

A partir de los 61 años los trabajadores podrán decidir libremente si se jubilan anticipadamente o si continúan ese convenio especial hasta los 65 años.

Respecto a la jubilación anticipada ha disminuido un 4,5% en tan sólo ocho meses, desde la entrada en vigor de las medidas de exoneración y bonificación de cuotas para quienes permanezcan en el mercado laboral, para los trabajadores que cumplan los siguientes requisitos:

 

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