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Boletín Económico Financiero Ref.369287 (01/01/2007)

Novedades 2007: Impuesto y patrimonio

1- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

  1. Simplificación de los tramos, aumento del tipo mínimo marginal y reducción del tipo máximo:

    Se eliminan los cinco tramos aplicables sobre la base liquidable general del impuesto, quedando establecidos en cuatro tramos.

    El tipo mínimo aplicable a una gran mayoría de contribuyentes será del 24%. En cambio, el tipo máximo se reduce del 45 al 43 por ciento.

  2. Exención para los asalariados:

    Los asalariados no tributarán en el supuesto de que sus ingresos no superen los 9.000 euros.

  3. Mínimo personal y familiar:

    Los mínimos personal y familiar se elevan sustancialmente, quedando establecidos el mínimo general del contribuyente en 5.050 euros anuales y el mínimo familiar en 1.800 euros anuales por el primer hijo, 2.000 euros anuales por el segundo, 3.600 euros anuales por el tercero y 4.100 euros anuales por el cuarto y siguientes.

  4. Exención dividendos:

    Los primeros 1.500 euros recibidos correspondientes al cobro de dividendos estarán exentos de tributación.

  5. Tributación del ahorro:

    Se eleva la tributación del ahorro, que pasa del 15 al 18%, por lo que todo tipo de productos de ahorro (intereses generados, ganancias de capital, seguros...) tributarán a partir del 1 de enero de 2007 al tipo del 18%, independientemente de su período de generación.

2- Impuesto sobre Sociedades

  1. Reducción del tipo de gravamen:

    Para las grandes empresas el tipo de tributación a aplicar sobre los beneficios pasará del 35% actual al 32,5% para el ejercicio 2007, reduciéndose éste al 30% para el período 2008. Respecto a las pymes, el tipo aplicable se reducirá del 30% actual al 25% para el período 2007.

  2. Deducciones:

    Se suprimen paulatinamente casi todas las deducciones fiscales, incluidas las de investigación y desarrollo e innovación tecnológica. Este proceso se prolongará hasta el ejercicio 2014.

  3. Sociedades patrimoniales:

    Desaparición del régimen especial de las sociedades patrimoniales, estas sociedades pasarán a tributar en el régimen general del impuesto. Aunque se puede optar por la disolución y liquidación de las mismas en el primer semestre de 2007, acogiéndose al régimen transitorio que recoge el proyecto aprobado.

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