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MEDIDAS PARA IMPULSAR LA ECONOMÍA

Mediante Real Decreto-Ley 2/2003 de 25 de abril, se han acordado diferentes medidas de índole económica que ya se pueden aplicar durante este mismo ejercicio. Entre las medidas aprobadas destacamos las siguientes:

  • Se crea la figura de la cuenta ahorro-empresa en la que los contribuyentes puedan depositar las cantidades destinadas a la constitución de sociedades de Nueva Empresa. Esta cuenta será objeto de una deducción del 15% sobre una base máxima de 9.000 euros anuales. Esta deducción se condiciona al mantenimiento de la sociedad durante los dos años siguientes al inicio de la actividad. Se perderá entre otras causas cuando transcurran cuatro años desde la abertura de la cuenta y no se haya inscrito la sociedad o bien cuando se disponga de las cantidades para fines diferentes de la constitución.

  • Se amplia el importe neto de la cifra de negocios del periodo impositivo anterior a 6 millones de euros para que se considere que es empresas de reducida dimensión y poder aplicarse los incentivos fiscales para este tipo de entidades.

  • Se crea un régimen fiscal especial en el impuesto sobre sociedades para las sociedades que se dediquen en exclusividad al arrendamiento de viviendas. Para poder aplicar este régimen se deben cumplir entre otros requisitos que la sociedad tenga un mínimo de 10 viviendas arrendadas u ofrecidas en arrendamiento, y que al menos un tercio de las viviendas incorporen en el contrato de arrendamiento una opción de compra de la vivienda a favor del arrendatario.

    Siempre que se cumplan todos los requisitos previstos, se podrán beneficiar de una bonificación del 85% de las parte de la cuota íntegra que corresponda a las rentas obtenidas por el arrendamiento o de la transmisión de las viviendas, o del 97% si se trata de viviendas de protección oficial o declaradas protegidas por el órgano competente.

  • Se aumenta el ritmo de amortización, elevando a un 10% los coeficientes máximos fijados en tablas. El nuevo coeficiente será aplicable durante la vida útil de los activos nuevos adquiridos en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2003 y el 31 de diciembre de 2004.

  • Se modifica las deducciones relacionadas con la mejora del medio ambiente. La deducción por inversiones en adquisición de bienes nuevos destinados al aprovechamiento de energías renovables pasa a ser aplicable por cualquier entidad, eliminando la anterior limitación a favor de las entidades de reducida dimensión.

  • Se amplia el concepto de actividad de investigación y desarrollo al concepto de "software" avanzado, siempre que esté destinado a facilitar a las personas discapacitadas el acceso a los servicios de la sociedad de la información.

    Mayo 2003

  • Revista jurídica y financiera Ref.124139 (01/05/2003)
     

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