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Boletín Económico Financiero Ref.78392 (01/07/2002)
Afige

La subida de los impuestos indirectos durante el año 2002

Por otra parte son remarcables otras subidas, como es el impuesto sobre motocicletas, el IVA del butano o el IVA de los peajes de las autopistas. Otros servicios que también sufrirán un aumento de la carga impositiva son principalmente los referidos a todo tipo de transportes (aéreo, marítimo y terrestre).

1.¿Qué gravan los Impuestos Especiales?

Gravan el consumo de determinados productos, en aras de paliar el coste social que a la larga producirán en los consumidores habituales de los mismos.

Así se grava el consumo sobre las labores del tabaco para compensar el gasto que producirá para la Sanidad un fumador activo.

Igualmente se grava el “consumo“ de gasolina por las repercusiones, hoy por hoy inevitables, en el medio ambiente.

Otra novedad destacada es la creación de un nuevo Impuesto sobre la gasolina, de cuatro pesetas por litro, que recibirán las Comunidades Autónomas para financiar los gastos de Sanidad. Este impuesto consta de dos tramos:

  1. El estatal de 4 ptas./litro de gasolina y 1 ptas./litro de gasóleo, como se aprecia, este tributo no tiene nada que ver con la financiación de la sanidad que es competencia de la CC.AA.
  2. El autonómico de 1,6 ptas.

La dudosa legalidad de este impuesto, así como su negativo impacto en determinados sectores económicos, lo convierten en uno de los protagonistas del fortísimo crecimiento de la presión fiscal que caracteriza la legislatura de este Gobierno.

2. Las subidas más significativas

El Impuesto sobre las labores del tabaco se incrementará en 3 pesetas (0,018 euros), como consecuencia de la exigencia comunitaria de cumplir los mínimos establecidos por la Unión Europea.

Los Impuestos sobre bebidas alcohólicas suben un 8% de media, afectando un 5,75% a la cerveza.

El Impuesto sobre carburantes refleja unas subidas:

  • gasolina de 0,024 euros por litro.
  • gasóleo de 0,024 euros por litro.
  • gasóleo agrícola y de calefacción de 0,006 euros por litro.
  • fuelóleo de 1 euro por tonelada.
  • queroseno de uso general de 0,024 euros por litro.
  • queroseno de calefacción de 0,006 euros por litro.

Asimismo, se revisan, tras el 11 de septiembre y el temor a nuevos atentados, muchas tasas para financiar las nuevas medidas de seguridad adicionales como

  • Transporte ferroviario, (la tasa es diferente dependiendo del tipo de tren):
    1. Cercanías y regionales subida de 0,02 euros por persona y viaje (0,01 entre 1 de abril y 31 de diciembre del 2002).
    2. Grandes líneas subida de 0,15 euros por persona y viaje.
    3. AVE subida de 0,30 euros por persona y viaje.

    Si se trata de abonos para varios viajes, la tasa será de 0,03 multiplicado por el número de días de validez del bono. Dicho importe se minorará a partir del 1 de Abril de este año.

  • Transporte marítimo, los pasajeros en régimen de crucero tendrán una subida de 1 euro por viaje, mientras que en régimen de transporte sólo de 0,2 euros.
  • Transporte por vehículos la tasa de motocicletas será de 0,2 euros, mientras que para los automóviles es de 1 euro. Los vehículos de transporte colectivo y todos los vehículos en régimen de carga se gravarán con 2 euros.
  • Transporte aéreo se establece una tarifa unitaria por pasajero de salida de 0,99167 euros que se incrementará un 9 % al año siguiente para quedar fijada en 1,081822 euros. Sube un 10% la tasa de aproximación a los aeropuertos y por prestación de servicios en navegación aérea.
3. Compensación de las subidas con la “rebaja” de otros impuestos

Esta rebaja afecta a la gran mayoría de empresas, el objetivo de la rebaja, según el Gobierno, es incentivar la inversión empresarial en una etapa de desaceleración económica.

Por eso se decide anticipar la reforma del Impuesto de Sociedades, por un lado se incluye una reducción de impuestos para las PYMES, ampliando el número de empresas que pueden acogerse a los incentivos previstos en dicho impuesto para la pequeña y mediana empresa.

El régimen especial que se aplica este tipo de empresa, incluye un tipo reducido del 30% para los primeros quince millones de beneficios, aplicando el tipo del 35% para el exceso; la libertad de amortización si crean empleo , así como la incentivos fiscales para la reinversión en activos fijos de la empresa. Este régimen es aplicable a toda empresa que facture menos de 5.000.000 de euros.

Otro conjunto de medidas con el fin de incentivar la reinversión, es la desaparición del diferimiento por reinversión de las plusvalías generadas en la transmisión efectuadas por las empresas, a partir del 2002 tendrán una deducción en cuota del 17% (con lo que tributarán igual que las ganancias patrimoniales en la renta de las personas físicas al 18%).

Por otro lado se amplían las deducciones por inversión en gastos de I+D y se amplían los plazos para compensar las bases imponibles negativas a quince años.

Respecto a los particulares se incentivan los Planes de Pensiones, como sistema complementario al público de la Seguridad Social, aumentando los límites de deducción en la base imponible general, tanto individuales como de empresa.

(gasolina, tabaco, alcohol...) Introducción. Conceptos generales. Fruto de la ley de presupuestos Generales del Estado, aprobada en Diciembre del 2001 que entra en vigor a partir de 1 de enero del 2002, se ha producido un considerable incremento de los impuestos indirectos, aquellos que gravan de forma directa el consumo por parte de los particulares de

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