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Boletín Económico Financiero Ref.369143 (01/08/2006)

Funcionamiento del carnet por puntos

1. Introducción.

Desde el 1 de julio se ha puesto en marcha el carnet por puntos, una medida impulsada por el Ministerio del Interior a través de la Dirección General de Tráfico. Se pretende crear un mecanismo adicional a la imposición de multas económicas y de la suspensión del permiso por infracciones de tráfico, que consiste en la asignación de puntos a todos los titulares de licencias de conducción, que se irán perdiendo en función de las infracciones que cometan, hasta la pérdida del permiso de conducir. No obstante, se establecen conjuntamente unas medidas que harán posible su recuperación.

2. Infracciones y puntos.

El baremo establecido para la pérdida de puntos ha quedado establecido de la siguiente manera:

2 PUNTOS

  • Si paras o estacionas en las curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso que constituya un riesgo para la circulación o para los peatones, así como en los carriles destinados para el transporte público urbano.
  • Si usas cualquier sistema de detección de radares para eludir la vigilancia de los agentes de tráfico.
  • Si circulas sin alumbrado cuando sea obligatorio o haces mal uso de él.
  • Si llevas a un menor de 12 años como pasajero de tu motocicleta o ciclomotor, con las excepciones que se determinen reglamentariamente.

3 PUNTOS

  • Si haces un cambio de sentido incumpliendo las normas.
  • Si usas manualmente el teléfono móvil, auriculares o cualquier otro aparato que no permita estar atento en la conducción.
  • Si no mantienes la distancia de seguridad.
  • Si no te pones el cinturón, el casco y demás dispositivos de seguridad obligatorios.

4 PUNTOS

  • Si conduces con una tasa de alcohol superior a 0,25 mg/l y hasta 0,50 mg/l en aire espirado (profesionales y conductores noveles más de 0,15 y hasta 0,30 mg/l).
  • Si circulas por una autopista o autovía con un vehículo con el que esté expresamente prohibido circular por ellas.
  • Si conduces un vehículo sin llevar el permiso o la licencia adecuada.
  • Si arrojas a la vía o alrededores cualquier objeto que pueda producir incendios o accidentes.
  • Si conduces de forma negligente o creando riesgo para los demás.
  • No respetar la prioridad de paso, saltarse un semáforo en rojo o no detenerse ante una señal de STOP.
  • Incumplir las normas generales del adelantamiento, poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulan en sentido contrario, o adelantar en lugares o en circunstancias de visibilidad reducida.
  • Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas.
  • Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías.
  • No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación.
  • Aumentar la velocidad o efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento.
  • Si no respetas las señales de los agentes que regulan la circulación.
  • Si conduces con un exceso del 50 % o más en el número de plazas autorizadas, excluido el conductor, salvo que se trate de autobuses urbanos o interurbanos.

6 PUNTOS

  • Conducir con una tasa de alcohol superior a 0,50 mg/l en aire espirado(profesionales y noveles mas de 0,30).
  • Conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.
  • Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o conducir vehículos en competiciones y carreras no autorizadas.
  • Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.
  • Sobrepasar más de un 50 % la velocidad máxima autorizada, siempre que ello suponga superar al menos en 30 km/h dicho límite máximo.
  • Para profesionales el exceso de más del 50 % en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 % en los tiempos de descanso.

3.Funcionamiento del carnet por puntos

3.1.Asignación de puntos

  • A todo conductor se le asignarán 12 puntos. No obstante, a los conductores noveles se les asignará sólo 8 puntos. Se entiende por conductor novel aquellos que

tengan una experiencia mínima de 3 años.

  • También se dispondrá de 8 puntos cuando se obtenga un nuevo permiso de conducción tras haber perdido el anterior por haber agotado anteriormente los puntos asignados.
  • No hace falta realizar ningún trámite para obtener los puntos. Es una asignación informática que se llevara a cabo por la Administración.
  • El sistema sancionador actual cohabitara con el carnet por puntos. Es decir, cuando se cometan determinadas infracciones, además de la correspondiente sanción económica y de la suspensión cuando corresponda de la licencia de conducir, también se restarán los correspondientes puntos.
  • Si no cometes ninguna infracción y conservas intactos tus 12 puntos, en 6 años puedes llegar a tener hasta 15 puntos.
  • Si vuelven a pasar 3 años y sigues siendo un diligente conductor, recibirás un punto extra.
  • A partir del 1 de julio, podrás consultar tu saldo de puntos entrando a la web: www.dgt.es.

3.2. Pérdidad de puntos

Si pierdes puntos puedes recuperarlos parcialmente, por dos vías distintas:

3.2.1 La superación de un curso.

Será un curso de sensibilización y reeducación vial y durará 12 horas, en el cual podrás recuperar hasta 4 puntos. Ahora bien, este curso solo podrá realizarse una vez cada dos años. La excepción son los conductores profesionales, que podrán realizarlo todos los años.

Los cursos de reeducación son cursos de formación vial que se impartirán en centros concertados. Su coste corre a cargo del interesado y son impartidos por personal especializado. Estos cursos constan de: temas comunes dedicados a la formación en cultura y educación vial, fomentándose el debate y la reflexión en grupo, y temas específicos para cada conductor, donde se trataran las materias que mas afecten a cada uno.

3.2.2 O no cometer más infracciones que puedan suponer pérdida de puntos.

Si no cometes más infracciones en un plazo de dos años, podrás recuperar tu crédito inicial de 12 puntos. Pero si la pérdida parcial de puntos tiene como origen una infracción grave, tendrás que esperar 3 años sin cometer infracciones para que te reasignen los 12 puntos.

3.3 Recuperación del carnet por puntos.

Después de 6 meses desde que se te haya notificado la pérdida del permiso podrás obtener uno nuevo superando un curso de reeducación y sensibilización y una prueba teórica en la Jefatura de Tráfico. Además, no recuperas los 12 puntos, sino que empezarás con 8.

No obstante, si eres reincidente y pierdes tu permiso por segunda vez, te tocará esperar un año para poder volver a conducir.

3.4. Recursos en casos de cometer infracciones.

Si cometes una infracción, no pierdes los puntos inmediatamente, sino cuando la sanción sea firme. Se entenderá por firme en los siguientes supuestos:

  1. Si no presentas recurso administrativo, cuando pase un mes desde que hayas recibido la resolución sancionadora.
  2. O si lo presentas, cuando te notifiquen la resolución del recurso.

4. Conclusión.

La entrada en vigor del carnet por puntos viene acompañada de una serie de medidas y criterios que refuerzan su cumplimiento. Por un lado, una futura reforma del Código Penal (prevista para el próximo año), que permitirá a los fiscales realizar “una lectura mas rígida” del Código Penal, con el objetivo de ofrecer el trato “menos favorable” posible para los delincuentes de la carretera.

Además, el Ministro del Interior ha advertido que el Ejecutivo aumentará la plantilla de la Agrupación de Tránsito de la Guardia Civil, que en la última década se ha estancado alrededor de 8000 agentes. Los planes del Gobierno pasan por incrementar el cuerpo en 800 agentes mas. Esta medida vendrá acompañada de una mejora en el sistema retributivo de estos agentes, ya que según el propio Ministerio, actualmente tienen pocos incentivos económicos.

No obstante, las primeras quejas no han esperado en hacerse oír. La asociación Automovilistas Europeos Asociados (AEA) ya ha planteado un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Supremo en el que denuncia que el nuevo carné por puntos incumple la normativa comunitaria. Los motivos de queja se basan en que los conductores no podrán recurrir la retirada de los puntos al cometer infracciones.

Además, alegan que la Ley sólo afecta a conductores con permiso español, lo que genera un agravio comparativo con conductores extranjeros que circulan por las carreteras españolas.

Concluyendo, el Director General de Tráfico ya ha valorado los primeros días de la entrada en vigor del carné por puntos: entre el 1 y 4 de julio se han impuesto 8.468 denuncias sancionadoras por infracciones y 29.746 puntos perdidos.

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