Empresa familiar y operaciones vinculadas
1. INTRODUCCIÓN
La nueva LEY 36/2006 de 29 de noviembre, de medidas para la prevención
del fraude fiscal, introduce importantes reformas que inciden directamente en
la organización, gestión y planificación de todas la empresas,
pero muy especialmente en la empresa familiar.
En su articulado quedan modificados determinados preceptos de la normativa tributaria,
especialmente los que afectan al régimen de las Operaciones Vinculadas
(operaciones realizadas entre los socios y la sociedad).
2. ESQUEMA COMPARATIVO
A continuación se muestra un esquema comparativo entre el tratamiento
fiscal aplicado a las Operaciones Vinculadas hasta el 31/12/2006 y el correspondiente
a partir del 01/01/2007. La principal novedad de la regulación reside
en las reglas de valoración y las obligaciones de documentación
de las operaciones.

3. CONCLUSIÓN:
La nueva normativa varía el régimen de las operaciones vinculadas,
siendo las principales novedades para el ejercicio 2007 las siguientes:
1.-La operación, que tenga la consideración legal de vinculada,
tendrá que valorarse según su valor de mercado.
2.-Se entenderán que son operaciones vinculadas las realizadas con la
intervención de parientes hasta el tercer grado colateral(tíos
y sobrinos).
3.-Las operaciones vinculadas tendrán que documentarse individualmente
por insignificantes que parezcan.
4.-Tendrán que quedar registradas en un Libro Registro, habilitado para
este tipo de operaciones.
5.-En caso de incumplimiento de las reglas anteriores la Sociedad será
sancionada por la Administración Tributaria.
Todos estos cambios denotan la voluntad del legislador para establecer sistemas
más rígidos de control sobre las operaciones que puedan realizar
los socios u administradores con sus respectivas sociedades, para evitar posibles
operaciones fraudulentas.