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Boletín Económico Financiero Ref.418314 (01/06/2007)

Cómo afectará el nuevo Plan General Contable a las partidas del inmovilizado material

1- Introducción

La gran reforma que se está desarrollando respecto al PGC afecta a las partidas más importantes del mismo, siendo una de ellas la de Inmovilizado material. Así, se modifican los aspectos referidos a la valoración inicial de dicho inmovilizado, a la permuta, al deterioro del valor del bien y a su arrendamiento financiero; en este artículo desarrollaremos la modificación de los dos primeros puntos

2- Valoración del inmovilizado

Respecto a la valoración inicial del inmovilizado, cabe decir que en la reforma se indica que formará parte del valor del inmovilizado material, la estimación inicial del valor actualizado de las obligaciones asumidas como consecuencia de su baja o rehabilitación, siempre que estas obligaciones den lugar al registro de provisiones.

En este caso, un cambio en las estimaciones de esa deuda supondrá cambios en la valoración del activo periódicamente, que afectarán al cálculo de las cuotas de amortización en periodos sucesivos.

3- Permutas

Por lo que hace referencia a las permutas, en el borrador del nuevo plan se opta por mantener el criterio contable internacional, siendo éste el único caso en el que se va a considerar el valor razonable de los activos en la valoración. Además, al igual que ocurre en la normativa internacional, se distinguirán las permutas que tengan carácter comercial de las que no lo tengan. Tendrán valor comercial cuando la configuración de los flujos de efectivo del bien recibido difiera de las del bien entregado.

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