A los efectos del IRPF las personas discapacitadas son aquellas que puedan acreditar
un grado de minusvalía igual o superior al 33%. Este grado de minusvalía
debe acreditarse mediante certificado
o resolución del IMSERSO o por el órgano competente de las Comunidades Autonómicas.
En el caso que una persona discapacitada conviva con el contribuyente,
con independencia de su edad, generará el derecho de aplicar los siguientes
mínimos familiares, siempre que cumplan una serie de requisitos:
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Reducciones por discapacidad de trabajadores
activos |
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| Grado de minusvalía |
Importe de la reducción |
| Igual o superior al 33% e inferior al 65% |
2.800 euros |
| Igual o superior al 33% e inferior al 65%
que acrediten necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida |
6.200 euros |
| Igual o superior al 65% |
6.200 euros |
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Reducciones por discapacidad del
contribuyente |
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Podrán aplicar además
del mínimo personal ,
las siguientes reducciones: |
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| Por edad |
800 euros, si son mayores
de 65 años.
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| Por asistencia |
1.000 euros, si son mayores
de 75 euros
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| Minusvalía de igual o superior
al 33% e inferior al 65% |
2.000 euros
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| Minusvalía igual o superior
al 65% |
5.000 euros
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Reducciones por discapacidad de descendientes |
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Se podrán aplicar además
de los importes destinados al mínimo
familiar y por cuidado
de hijos , los siguientes beneficios por descendiente discapacitado
a cargo del contribuyente: |
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| Grado de minusvalía |
Importe de la reducción |
| Igual o superior al 33% e inferior
al 65% |
2.000 euros |
| Igual o superior al 65% |
5.000 euros |
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Reducciones por discapacidad de ascendientes |
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Adicionalmente a las reducciones que
resultan aplicables a todos los contribuyentes en concepto de edad
de los ascendientes y por asistencia
de ascendientes, se podrán aplicar los siguientes importes
en concepto de reducción: |
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| Grado de minusvalía |
Importe de la reducción |
| Igual o superior al 33% e inferior
al 65% |
2.000 euros |
| Igual o superior al 65% |
5.000 euros |
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Reducciones por gastos de asistencia
de los discapacitados |
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| Grado de minusvalía |
Importe de la reducción |
| Igual o superior al 33% e inferior
al 65% siempre que acrediten necesitar ayuda de terceras personas
o movilidad reducida |
2.000 euros |
| Igual o superior al 65% |
2.000 euros |
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Reducciones por aportación
al patrimonio protegido de personas con discapacidad |
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El propio contribuyente, su cónyuge
o cualquier persona que guarde con el contribuyente una relación
de parentesco con línea directa o colateral hasta el tercer grado,
tendrán derecho a la aplicación de esta reducción
siempre que realicen aportaciones al patrimonio
protegido de la persona discapacitada.
Las aportaciones, darán
derecho a una reducción por el importe entregado hasta un máximo
de 8.000 euros, siendo de 24.250 euros el límite existente por
el conjunto de aportaciones a favor de un mismo patrimonio protegido realizado
por diferentes personas que forman la unidad familiar del contribuyente. |
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Reducciones por aportación
a planes de pensiones y otros sistemas de previsión social |
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Dan derecho a reducir la base imponible
por las aportaciones realizadas a Planes de Pensiones, Mutualidad de Previsión
Social y Planes de Previsión asegurados por el propio partícipe
minusválido y por las personas que tengan una relación determinada
de parentesco con el contribuyente.
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Minusválido partícipe
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Personas emparentadas con el minusválido
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24.250 euros
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8.000 euros
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