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Boletín Económico Financiero Ref.319858 (01/03/2005)

Beneficios fiscales en el IRPF del 2004 para personas con discapacidad

1. Concepto y acreditación

A los efectos del IRPF las personas discapacitadas son aquellas que puedan acreditar un grado de minusvalía igual o superior al 33%. Este grado de minusvalía debe acreditarse mediante certificado o resolución del IMSERSO o por el órgano competente de las Comunidades Autonómicas.

2. Rentas exentas de tributación

No tributan en la declaración del IRPF, entre otras:

- Las prestaciones económicas reconocidas por la Seguridad Social como consecuencia de Incapacidad Permanente Absoluta o Gran Invalidez.
   
- Las ayudas económicas otorgadas por instituciones públicas con motivo del acogimiento de personas con minusvalía.
   
- Las pensiones pro inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas, siempre que la lesión o enfermedad que hubiese sido causa de las mismas inhabilite por completo al preceptor de la pensión para toda profesión u oficio.

3. Mínimo familiar y reducciones por discapacidad

En el caso que una persona discapacitada conviva con el contribuyente, con independencia de su edad, generará el derecho de aplicar los siguientes mínimos familiares, siempre que cumplan una serie de requisitos:

• Primer descendiente à
1.400 euros
• Segundo à
1.500 euros
• Tercero à
2.200 euros
• Cuarto y siguientes à
2.300 euros

Asimismo, se pueden aplicar las siguientes reducciones:

Reducciones por discapacidad de trabajadores activos
   
 
Grado de minusvalía Importe de la reducción
Igual o superior al 33% e inferior al 65% 2.800 euros
Igual o superior al 33% e inferior al 65% que acrediten necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida 6.200 euros
Igual o superior al 65% 6.200 euros
   
Reducciones por discapacidad del contribuyente
   
  Podrán aplicar además del mínimo personal , las siguientes reducciones:
   
 
Por edad
800 euros, si son mayores
de 65 años.
Por asistencia
1.000 euros, si son mayores
de 75 euros
Minusvalía de igual o superior al 33% e inferior al 65%
2.000 euros
Minusvalía igual o superior al 65%
5.000 euros
   
Reducciones por discapacidad de descendientes
   
  Se podrán aplicar además de los importes destinados al mínimo familiar y por cuidado de hijos , los siguientes beneficios por descendiente discapacitado a cargo del contribuyente:
   
 
Grado de minusvalía Importe de la reducción
Igual o superior al 33% e inferior al 65% 2.000 euros
Igual o superior al 65% 5.000 euros
   
Reducciones por discapacidad de ascendientes
   
  Adicionalmente a las reducciones que resultan aplicables a todos los contribuyentes en concepto de edad de los ascendientes y por asistencia de ascendientes, se podrán aplicar los siguientes importes en concepto de reducción:
   
 
Grado de minusvalía Importe de la reducción
Igual o superior al 33% e inferior al 65% 2.000 euros
Igual o superior al 65% 5.000 euros
   
Reducciones por gastos de asistencia de los discapacitados
   
 
Grado de minusvalía Importe de la reducción
Igual o superior al 33% e inferior al 65% siempre que acrediten necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida 2.000 euros
Igual o superior al 65% 2.000 euros
   
Reducciones por aportación al patrimonio protegido de personas con discapacidad
   
  El propio contribuyente, su cónyuge o cualquier persona que guarde con el contribuyente una relación de parentesco con línea directa o colateral hasta el tercer grado, tendrán derecho a la aplicación de esta reducción siempre que realicen aportaciones al patrimonio protegido de la persona discapacitada.

Las aportaciones, darán derecho a una reducción por el importe entregado hasta un máximo de 8.000 euros, siendo de 24.250 euros el límite existente por el conjunto de aportaciones a favor de un mismo patrimonio protegido realizado por diferentes personas que forman la unidad familiar del contribuyente.
   
Reducciones por aportación a planes de pensiones y otros sistemas de previsión social
   
  Dan derecho a reducir la base imponible por las aportaciones realizadas a Planes de Pensiones, Mutualidad de Previsión Social y Planes de Previsión asegurados por el propio partícipe minusválido y por las personas que tengan una relación determinada de parentesco con el contribuyente.

 
Minusválido partícipe
Personas emparentadas con el minusválido
Reducción anual máxima
24.250 euros
8.000 euros

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