¿Desde cuando se deben transmitir los partes de baja y confirmación de I.T desde el sistema RED?
Desde el 23 de mayo de 2004, las empresas incorporadas al sistema RED, así como las agrupaciones de empresas y los profesionales colegiados que presenten los partes médicos, deberán utilizar dicho procedimiento informático para remitir a la entidad gestora o a la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social las copias de los partes médicos de baja, confirmación de la baja y de alta que les presenten los trabajadores.