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Doc.171132Diccionario de definiciones Averia
Es todo gasto extraordinario o eventual que, para conservar el buque, el cargamento o ambas cosas, ocurriese durante la navegación; así como todo daño o desperfecto que sufriese el buque desde el puerto de salida hasta anclar en el de su destino, o las mercancías desde que se carguen hasta que se descarguen en el puerto de su consignación.
Se excluyen del concepto de avería los llamados gastos menudos y ordinarios.
Existen distintas claves de avería:
· Avería gruesa: Es un daño o gasto que se provoca voluntariamente en beneficio del buque o cargamento, y que por tanto, debe ser soportado por todos los interesados.
· Avería simple o particular: Es un daño o gasto causado generalmente en forma involuntaria, que origina un beneficio a alguno de los interesados en la navegación y, por lo tanto, debe soportarla.
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Doc.171532Diccionario de definiciones Arrepentimiento
Pesar de haber hecho alguna cosa.
En derecho penal, el art. 21.4 y 5 CP contempla como circunstancia atenuante el arrepentimiento espontáneo, siempre que cumpla los requisitos establecidos en el mismo, es decir "haber procedido el culpable antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige contra él, a confesar la infracción a las autoridades" y " haber procedido el culpable a reparar el daño causado o disminuir sus efectos".
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Doc.171602Diccionario de definiciones Estragos
Daños realizados empleando medios poderosos de destrucción.
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Doc.171595Diccionario de definiciones Ensañamiento
Son aquellos males causados por el placer de hacer daño, añadidos a los normales del delito.
Es una circunstancia agravante (art. 22.5) y también cualificativa del asesinato (art. 139.3) y las lesiones (art. 148.2).
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Doc.171168Diccionario de definiciones Contrato de seguro
Aquél por el cual el asegurado se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura, a indemnizar dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, renta y otras prestaciones convenidas.
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Doc.171328Diccionario de definiciones Actor civil
En procedimiento penal: Es el perjudicado que se muestra parte en una causa criminal, ejercitando únicamente la acción de resarcimiento de daños y perjuicios derivados de un delito.
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Doc.171311Diccionario de definiciones Accion civil
El instrumento del ejercicio del derecho a la justicia, que en el orden jurídico privado corresponde a toda persona (salvo excepciones) frente al estado y contra otro sujeto, para provocar la incoación de un proceso y la correspondiente decisión.; La que corresponde a una persona para exigir judicialmente sus derechos de índole privada. En la jurisdicción penal, nace para la restitución de la cosa, la reparación del daño, y la indemnización de perjuicios causados por el hecho punible entablada al efecto por el perjudicado, o por el Ministerio Fiscal, si no consta la renuncia de aquel.
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Doc.168908Diccionario de definiciones Accidente
Suceso eventual del que involuntariamente resulta daño.
Por accidente de trabajo entendemos toda lesión corporal que el trabajador padece por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena. Desde Enero 2004 se amplía a trabajadores por cuenta propia.
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Doc.168915Diccionario de definiciones Actividad nociva
Aquella que ocasiona un desprendimiento o evacuación de productos que pueden ocasionar daños a la riqueza agrícola, forestal, pecuaria y piscícola.
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Doc.171637Diccionario de definiciones Lesion
Es todo daño causado en la integridad corporal o en la salud física o mental de una persona, sin intención de matar.
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